Términos y Condiciones
MBE URUGUAY S.A. es el Máster Franquiciado de la marca Mail Boxes Etc. para todo el territorio uruguayo, mediante acuerdo con el MBE Worldwide (Grupo Fortidia) quien posee sede en Milán, Italia. Así mismo, MBE URUGUAY S.A. posee la licencia para ceder los derechos de la marca a diferentes franquiciados mediante acuerdo contractual. En adelante, se referirá a la representación de la marca en Uruguay, es decir, a MBE URUGUAY S.A. y sus representantes como «MBE».
1. Aceptación de Términos y Condiciones
El uso de los servicios ofrecidos por MBE implica la aceptación plena y sin reservas de todas y cada una de las disposiciones incluidas en estos Términos y Condiciones. El desconocimiento o la falta de lectura de las mismas no justifica su incumplimiento, ya que son explicitadas ante el cliente en los diferentes medios escritos, como página web y cotizaciones.
2. Modificación de Términos y Condiciones
MBE se reserva el derecho de modificar, en cualquier momento y de forma unilateral, los presentes Términos y Condiciones. Las modificaciones serán efectivas a partir de su publicación en la página web mbe.uy, y el usuario deberá someterse a ellas para utilizar el servicio.
3. Jurisdicción y Legislación Aplicable
MBE, sus clientes y usuarios se someten al orden jurídico de la República Oriental del Uruguay. Los derechos y obligaciones emanados de los presentes Términos y Condiciones estarán regulados en su totalidad por su normativa vigente. En caso de existir controversias en relación a la existencia, validez, interpretación, alcance o cumplimiento de los presentes Términos y Condiciones, las mismas serán sometidas a la competencia de los tribunales de la ciudad de Montevideo.
4. Normativa de Transporte
En la prestación del servicio a sus clientes, MBE realiza actividad postal y no de transporte y para el traslado de la mercadería de un destino a otro subcontrata operadores postales y de transporte. El envío de la mercadería está sujeta a limitaciones de distinto tipo y que tiene origen en la normativa del transporte efectivamente cumplido, del Estado en el que se encuentre la mercadería, y de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo. Estos limitan la naturaleza de la mercadería permitida, y cualquier cancelación del servicio por parte de ellos, tras una falta de especificación del cliente, es válida y puede generar una terminación anticipada del servicio. Ciertos tratados internacionales, incluidas la Convención de Varsovia y la Convención de Montreal, pueden ser aplicables a su envío.
5. Declaración de la naturaleza de la mercadería
El cliente declarará la naturaleza de la mercadería producto del envío, asumiendo plena responsabilidad legal por la veracidad de la descripción. Esto comprende que la mercadería no contenga productos prohibidos, peligrosos o ilícitos; y asumiendo las consecuencias que pudieran derivarse de la inexactitud de declaración sobre su producto, eximiendo a MBE de cualquier responsabilidad o daño que pudiera ocasionarse como resultado de su naturaleza.
Algunos ejemplos de artículos prohibidos son, entre otros, los siguientes: Mercancías peligrosas/materiales peligrosos (según las normativas IATA); Armas de fuego y munición; Pieles; Productos de marfil; Diamantes industriales; Animales vivos; Dinero y valores negociables; Mercancías perecederas; Plantas; Material pornográfico; Semillas; Tabaco y derivados del tabaco; Marihuana; Psilocibina; Estupefacientes; Fluidos y tejidos corporales; Cadáveres y restos humanos.
Esto no debe interpretarse como una limitación exclusiva a los materiales expresamente mencionados, sino que incluye de manera enunciativa, y no limitativa, aquellos que puedan estar comprendidos dentro del mismo ámbito o naturaleza.
Excluimos toda responsabilidad de embarques de tales artículos aceptados por error. Nos reservamos el derecho de rechazar paquetes en base a estas limitaciones o por razones de seguridad.
6. Políticas de Privacidad
Los clientes están obligados a comunicar los datos personales de los involucrados en el envío, como nombre, apellido, teléfono, domicilio, documento de identidad, y pueden requerir endosar documentos con su firma. Para la protección de datos personales, MBE se ampara en la regulación surgida de la Ley Nº 18.331 de la República Oriental del Uruguay.
7. Políticas de Crédito y Pago
El pago de los servicios es al contado. En caso de que el cliente solicite una línea de crédito, podrá acceder a ella si MBE la concede, previa evaluación y aprobación de la información correspondiente.
8. Información Requerida para la Solicitud de Servicios
Para la solicitud de un servicio, el cliente debe detallar con la mayor precisión posible todos los datos relevantes, como naturaleza y valor comercial de la mercadería, lugares de origen y destino del envío, contactos de remitentes y destinatarios, y facilitar documentos como facturas comerciales, packing lists, documentos requeridos por aduana, hojas de seguridad, peso bruto y dimensiones de los paquetes (que ante no expresar una unidad de medida se asumirán kilogramos y centímetros).
9. Peso aplicable
Cuando una cotización sea confeccionada a partir del peso y sin especificar dimensiones del paquete, se cotizará respecto al peso aplicable, es decir: el valor mayor entre el peso bruto y el peso volumétrico (multiplicación de las tres dimensiones máximas del paquete -altura, ancho y largo- dividido cinco mil).
En caso de que la cotización solicitada por el cliente se base en un peso determinado y posteriormente se determine que el peso real (bruto y/o volumétrico) verificado por el transportista o por las terminales aeroportuarias es mayor al indicado en la cotización, el cliente será responsable de abonar el sobrecosto correspondiente, el cual será facturado en consecuencia.
10. Alcance de la Cotización y Cargos Adicionales
El cliente no deberá asumir que todos los cargos desde el origen hasta el destino están incluidos, si MBE no lo especifica. MBE podrá cotizar únicamente el servicio de envío internacional, que puede comprender el flete y el recargo por combustible, sin incluir necesariamente otros costos como tasas, despacho aduanero, entrega de documentación para la liberación de la guía (“Handling”), flete doméstico, seguro, gastos en el extranjero, almacenaje en LACC-TCU, entre otros.
Asimismo, MBE podrá emitir una cotización asumiendo zonas céntricas tanto en el país de origen como en el de destino. En caso de que, posteriormente, los códigos postales sean considerados parte de una zona remota, se aplicará un recargo adicional por área extendida, el cual será agregado a la tarifa original.
El cliente no debe asumir que el envío cuenta con un seguro contratado. MBE puede, a su discreción, incluir o no una propuesta de seguro en la cotización. Si el cliente desea asegurar el envío y MBE no ha incluido la opción de seguro en la cotización, deberá solicitarlo expresamente. Del mismo modo, si MBE ofrece la opción de seguro y el cliente no desea aceptarla, deberá manifestar su rechazo de manera explícita; en caso contrario, el costo del seguro será facturado al cliente.
11. Delimitación de servicio postal y carga aérea
Aquellos envíos que superen los 20 kilos brutos o cuyo valor comercial supere los 200 dólares estadounidenses (o su equivalente en pesos uruguayos) estarán sometidos al régimen de carga aérea y no se considerarán servicios postales. Requerirán una exportación o importación formal con despacho aduanero.
12. Colaboración de Remitente y Destinatario
Todos los servicios referentes a envíos requerirán de la colaboración del remitente y destinatario indicados por el cliente. Cualquier inconveniente ocasionado por su falta de colaboración exime a MBE de responsabilidad.
En caso de que el destinatario no acepte el envío o no cumpla con los requisitos necesarios para su entrega dentro del plazo establecido, el paquete podrá ser devuelto a su país de origen. El cliente estará obligado a abonar el costo del flete de retorno, así como cualquier otro gasto asociado a la devolución del paquete.
13. Responsabilidad del Cliente
El cliente deberá comunicar toda información que considere relevante y no deberá asumir que el representante de MBE la asuma si no es explicitada. Todo error u omisión provocado por la falta de haberse brindado información relevante por parte del cliente, será su responsabilidad, y él será quien asumirá los costos y cargos derivados de los mismos.
14. Aplicación del seguro
Las cargas aseguradas con los servicios de MBE poseen póliza de transporte internacional de mercadería, emitida por el transportista seleccionado a la hora de emitir la cotización y posterior aceptación del cliente; los cuales son UPS, FedEx y DHL. En los casos de daños a la mercadería donde se haya contratado el seguro, MBE realizará de buena fe los reclamos correspondientes ante el transportista. Si no se ha contratado un seguro, MBE no intervendrá en solicitudes de indemnización.
MBE no asume responsabilidad alguna por la pérdida o daño de su contenido, cualquiera sea la causa. En caso de daño de la mercadería, MBE gestionará, en nombre y por cuenta del cliente, una reclamación de indemnización ante el seguro del transportista, siempre que dicho seguro haya sido contratado.
Existen múltiples causales que no generan derecho a indemnización, tales como datos incorrectos de los paquetes, embalaje inadecuado o extravíos durante el tránsito, entre otros. MBE no asume responsabilidad alguna por la negativa del transportista a pagar una indemnización ni por los criterios utilizados por el mismo para emitir su veredicto. En cualquier caso, MBE no estará obligada a reembolsar al cliente por daños.
La solicitud de indemnización se limitará exclusivamente al valor declarado del envío, quedando excluido cualquier otro tipo de pérdida o daño, incluyendo, a modo enunciativo, el lucro cesante, la pérdida de ingresos, intereses y futuros negocios.
15. Colaboración y Buena Fe
MBE colaborará con el cliente de buena fe, intentando prever todos los inconvenientes posibles para evitar demoras y sobrecostos en operaciones. Sin embargo, diferentes órganos y sujetos intervinientes en la logística internacional pueden imponer requisitos imprevistos que MBE deberá trasladar al cliente.
16. Cancelación de Servicios
Ante cualquier cancelación o baja de un servicio luego de haber sido contratado ante proveedores, se generará un gasto que MBE no asumirá y deberá trasladarse al cliente.
17. Tiempos de Tránsito
Los tiempos de tránsito son estimados, y numerosos factores que escapan de la responsabilidad de MBE pueden ser limitantes para cumplir con los mismos. Se entiende por “tiempo de tránsito” desde el momento que el remitente entrega su producto a MBE, hasta que el mismo llega al país de destino (recinto aeroportuario).
18. Despacho de Aduana
La necesidad de un despacho de aduana, tanto en origen como en destino, se remite al derecho aduanero de los Estados competentes. Al confirmar la cotización, el cliente acuerda que está al tanto de la probabilidad de necesitar un despacho de aduana. El cliente podrá consultar si su mercadería requiere del mismo y MBE colaborará con su asesoramiento para ofrecerle el servicio tercerizado.
19. Pago de Impuestos y Trámites Aduaneros en el Exterior
Los distintos Estados pueden exigir el pago de impuestos, tasas, aranceles, o la presentación de requisitos documentales adicionales para el tránsito y la liberación de la mercadería. Estos requisitos y costos no pueden ser previstos por MBE, ya que están sujetos al orden jurídico de cada Estado y a la naturaleza de la mercadería. Todos estos costos deberán ser asumidos por el remitente o el destinatario, según lo determine el cliente, y serán trasladados por MBE una vez que se haya recibido la notificación correspondiente. En caso de que estos cargos no sean abonados, el envío quedará retenido hasta que se efectúe el pago total.
20. Pago de Aranceles por Confección de DUAs
Cuando el servicio de despacho local sea cotizado, el costo propuesto por MBE al cliente incluirá tanto los “honorarios” como los “gastos de despacho” por la confección del Documento Único Aduanero (DUA).
En una operación de importación: los aranceles correspondientes deberán ser abonados por el cliente a la Aduana, pudiendo MBE actuar como intermediario de transferencia y facilitador de la información sobre los costos aproximados. El monto final por pagar en el talón del DUA podrá ser trasladado al cliente con sobrecostos referente al monto previsto, incluso después de haberse realizado un giro por el aproximado y una vez finalizada la operación. Así mismo, los gastos por almacenaje en la terminal aeroportuaria LACC-TCU serán facturados posteriormente, y el cliente estará obligado a abonarlos en su totalidad.
En una operación de exportación: los tributos serán liquidados posterior a la salida de la mercadería, y MBE podrá facturarlos junto con los gastos por almacenaje en la terminal aeroportuaria LACC-TCU.
21. Nulidad e ineficacia
Si alguna de las cláusulas o parte de las mismas fueran nulas o ineficaces, permanecerán subsistentes el resto de los Términos y Condiciones no afectados por la nulidad o ineficacia.
Para cualquier consulta adicional, por favor contacte a MBE a través de los canales de comunicación proporcionados en este sitio.